Después de un año desde la publicación de la Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, el Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topográfica ha actuando como representante del sector de la ingeniería en la ronda de consultas realizadas por la asociación Unión Profesional sobre la reciente implantación de la figura de los medios adecuados de solución de controversias (MASC). De tal manera, se ha editado un cuadernillo informativo respecto a las profesiones y los MASC, en el que han participado también el Consejo General de Economistas, el Consejo General de la Psicología, el Consejo General de Colegios de Logopedas, el Consejo General del Trabajo Social, el Consejo General de Graduados Sociales, el Consejo General de la Abogacía Española y el Consejo Superior de los Colegios de Arquitectos de España.
Consultado el Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topográfica como representante del sector ingeniería, sobre qué ha supuesto la aprobación de la Ley Orgánica 1/2025, cómo afronta la profesión su implementación y el diagnóstico para el presente año 2026, se han respondido a las cuestiones de la siguiente manera:
La Ley Orgánica 1/2025 ha supuesto un cambio cultural relevante en el acceso a la justicia. Antes de acudir al juzgado, en la mayoría de los asuntos civiles se exige intentar un MASC (medio adecuado de solución de controversias), definido como una actividad negociadora a la que las partes acuden de buena fe, con o sin la intervención de una tercera persona neutral, y cuyo intento debe acreditarse documentalmente para que la demanda sea admisible. Este “filtro” preprocesal persigue reducir la litigiosidad, los costes y los tiempos, favoreciendo soluciones más ágiles y satisfactorias para la ciudadanía y contribuyendo a una Justicia más eficiente y sostenible, sin impedir el acceso a la vía judicial cuando no sea posible alcanzar un acuerdo. Para las profesiones colegiadas, la norma implica una reordenación de servicios y competencias, otorgando mayor protagonismo a la negociación asistida, la mediación, la conciliación y la opinión de persona experta independiente, todo ello bajo un marco sólido de confidencialidad, buena fe y responsabilidad profesional. En ámbitos técnicos como la Geomática y la Topografía, donde muchos conflictos — linderos, servidumbres, discrepancias Catastro-Registro o superficies— dependen de hechos objetivos y medibles, los MASC permiten convertir la evidencia técnica en acuerdos estables y verificables, evitando procedimientos judiciales prolongados y reforzando la seguridad jurídica.
Desde una perspectiva global, la implementación de los MASC se está afrontando mediante una combinación de divulgación, formación especializada y refuerzo de las relaciones institucionales. La LO 1/2025 exige, en el ámbito civil, intentar y acreditar una actividad negociadora previa, lo que ha impulsado a los colegios profesionales a elaborar guías, protocolos y servicios específicos para facilitar su correcta aplicación por parte de la ciudadanía y de los operadores jurídicos. Paralelamente, se está avanzando en la capacitación de los profesionales, con el objetivo de garantizar intervenciones de calidad y homogéneas y evitar una aplicación meramente formal de estos mecanismos. En este contexto, la Ingeniería en Geomática y Topografía ha identificado con claridad tres ámbitos de actuación diferenciados, siempre condicionados a la formación habilitante correspondiente: mediador/a, conciliador/a y persona experta independiente. Para Geomática y Topografía, la respuesta más sólida pasa por:
- (1) formación y certificación en MASC aplicados a conflictos inmobiliarios.
- (2) creación de registros colegiales de profesionales certificados, que ofrezcan a la ciudadanía y a los operadores jurídicos un mapa claro de expertos; y
- (3) refuerzo de la cooperación con Notariado y Registradores, cuyo papel en la ley es explícito. La conciliación privada, que admite la intervención de personas con conocimientos técnicos sujetas a confidencialidad, encaja de forma natural en este modelo, estrechamente vinculado a la mejora de la concordancia entre la realidad física y la descripción catastral mediante evidencia geomática.
De cara a 2026, el diagnóstico es el de una fase de consolidación y ajuste del sistema. Tras la entrada en vigor de la ley (3 de abril de 2025), se ha puesto de manifiesto una cierta heterogeneidad de criterios sobre cómo cumplir y acreditar el requisito de procedibilidad, lo que ha generado fricciones iniciales y evidencia la necesidad de mayor homogeneización. Durante 2026 debería acelerarse:
- 1. la normalización documental y procedimental, mediante modelos comunes, plataformas y criterios judiciales más estables;
- 2. la profesionalización del tercero neutral, dado que la ley prevé el desarrollo de un estatuto específico con incompatibilidades y régimen sancionador; y
- 3. la consolidación de un mercado claro de formación y certificación, apoyado en registros y listados verificables de profesionales cualificados.
Desde Geomática y Topografía, 2026 es la oportunidad de estructurar un itinerario formativo certificable y un registro colegial de especialistas MASC orientado a conflictos inmobiliarios (linderos, servidumbres, discrepancias Catastro–Registro), colaborando con notarios y registradores (conciliación notarial/registral) y aportando evidencia técnica para subsanación de discrepancias y mejora de la calidad del dato catastro.
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