Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topográfica
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Ampliación del Servicio del PIC online y documentos a utilizar

16/03/2022 - JUNTA DE GOBIERNO - Tema: Catastro-Registro-Notariado
ImagenComentario Comentada hace 1013 días (09/05/2022)
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La Comisión de seguimiento, vigilancia y control del Convenio suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio de Ingenieros Técnicos en Topografía, en su última reunión celebrada ha acordado la ampliación del Servicio del PIC online y la aprobación de los documentos a utilizar.

Todos los formularios y la guía están en e-Colegio > trabajos > Ayudas al visado > PLANTILLAS Y DOC. AUXILIAR
 
ACTUACIONES:

El colegiado envía a la Plataforma del Colegio la solicitud de información (formulario SATIC-T), firmada por el solicitante, junto con la correspondiente documentación, según se determina en este documento para cada supuesto.

A la solicitud (formulario SATIC-T) y a la documentación acompañará, en su caso, la correspondiente declaración responsable, firmada por el interesado, en la que declara que cuenta con la documentación original y que se compromete a ponerla a disposición de la Administración cuando le sea requerida, en los términos establecidos por la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. El Colegio pone a disposición del colegiado un modelo de declaración responsable, previamente facilitado por la Dirección General del Catastro.

En caso de que el solicitante sea una persona autorizada por el titular de los datos catastrales para acceder a estos, se adjuntará la correspondiente autorización del titular catastral. El Colegio pone a disposición del colegiado un modelo de autorización, previamente facilitado por la Dirección General del Catastro.

En todo caso, en esta modalidad de prestación de servicios del PIC online, en el colegiado no puede recaer la condición de autorizado ni de representante para solicitar el acceso a la información catastral.

La firma del solicitante (en el formulario y, en su caso, en la declaración responsable y en la autorización) podrá ser manuscrita o electrónica.

El colegiado sólo envía a la Plataforma del Colegio imágenes electrónicas (PDF), que son las que conformarán el expediente.

 

SERVICIOS Y CONTENIDO DE LOS EXPEDIENTES REFERIDOS A LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS DE ACCESO A LA INFORMACIÓN CATASTRAL PROTEGIDA:

Los servicios que se pasan a ofrecer son los siguientes:

  1. Servicio de consulta y certificación de datos catastrales protegidos, por los titulares catastrales, sus representantes o personas autorizadas por ellos.
  2. Servicio de certificación negativa de bienes inmuebles o de la circunstancia de no figurar como titular catastral.
  3. Servicio de consulta para los titulares catastrales sobre información relativa a las solicitudes de ayuda de la última campaña de la Política Agrícola Común (PAC) con relación a las parcelas rústicas de su titularidad declaradas en aquellas solicitudes.
  4. Servicio de consulta y certificación de datos catastrales protegidos por parte de titulares catastrales de las parcelas colindantes, titulares o cotitulares de derechos reales, de arrendamiento y aparcería así como por parte de herederos y sucesores en los términos establecidos en el artículo 53.1 c), d) y e) del texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, en las condiciones fijadas por la Dirección General del Catastro.

Siendo necesaria la siguiente documentación para su tramitación.

Para los puntos 1 y 2:
  • La solicitud (formulario SATIC-T), firmada por el solicitante.
  • El documento que acredite la representación, en caso de que el solicitante sea un representante.
  • El documento que acredite la autorización, acompañado de la copia del DNI del autorizante, en caso de que el solicitante sea un autorizado.
  • La declaración responsable que debe firmar el solicitante del servicio si éste actúa como representante. En este caso, esta declaración responsable se firma por el representante y en ella se declara que éste dispone de la documentación acreditativa original de la representación. En caso de que el solicitante sea un autorizado de un representante, ya sea legal o voluntario, dicha declaración responsable debe firmarse en todo caso por el representante.
Para el punto 3:
  • La solicitud (formulario SATIC-T), firmada por el solicitante.
  • El documento que acredite la representación, en caso de que el solicitante sea un representante. No cabe autorización del titular catastral.
  • La declaración responsable que debe firmar el solicitante del servicio, si éste actúa como representante, en la que se indica que éste dispone de la documentación original acreditativa de la representación.
Para el Punto 4:
  • Acceso por parte de los titulares catastrales de las parcelas colindantes. El expediente constará de la siguiente documentación:
    • La solicitud (formulario SATIC-T, para los supuestos de interés legítimo y directo), firmada por el solicitante.
    • El documento que acredite la representación, en caso de que el solicitante sea un representante. No cabe autorización del titular catastral.
    • La declaración responsable que debe firmar el solicitante del servicio, si actúa como representante, en la que se indica que éste dispone de la documentación original acreditativa de la representación.
  • Acceso por parte de los titulares o cotitulares de derechos reales, concretamente del derecho de propiedad. El expediente constará de la siguiente documentación:
    • La solicitud (formulario SATIC-T, para los supuestos de interés legítimo y directo), firmada por el solicitante.
    • El documento que acredite la representación, en caso de que el solicitante sea un representante. No cabe autorización.
    • El documento que acredite el derecho de propiedad, que será, según se indica en el Protocolo de desarrollo de los servicios, una Nota simple del Registro de la Propiedad, expedida en los dos últimos meses anteriores a la fecha de la solicitud de acceso, en la que figure como último titular registral el interesado, debiendo constar inscrito en el Registro de la Propiedad con fecha posterior a la fecha de la incorporación del titular catastral en el Catastro.
    • La declaración responsable firmada por el solicitante, en la que se indica que éste dispone de la documentación original del documento acreditativo del derecho de propiedad y, en su caso, también del documento que acredita la representación.
  • Acceso por parte del titular de un derecho de arrendamiento o aparcería. El expediente constará de la siguiente documentación:
    • La solicitud (formulario SATIC-T, para los supuestos de interés legítimo y directo), firmada por el solicitante.
    • El documento que acredite la representación, en caso de que el solicitante sea un representante. No cabe autorización.
    • El documento que acredite el derecho de arrendamiento o aparcería que, según se indica en el Protocolo de desarrollo de los servicios, será el documento público o privado del contrato de arrendamiento o aparcería, acompañado del último recibo de pago de renta y, en su caso, del documento acreditativo de la vigencia del contrato de aparcería.
    • La declaración responsable firmada por el solicitante, en la que se indica que éste dispone de la documentación original del documento acreditativo del derecho de arrendamiento o aparcería y, en su caso, también del documento que acredita la representación.
  • Acceso por parte de los herederos y sucesores respecto de los bienes del causante o transmitente que figure inscrito en el Catastro. El expediente constará de la siguiente documentación:
    • En caso de que el acceso se lleve a cabo por quien dice ostentar la condición de heredero:
      • La solicitud (formulario SATIC-T, para los supuestos de interés legítimo y directo), firmada por el solicitante.
      • El documento que acredite la representación, en caso de que el solicitante sea un representante. No cabe la autorización.
      • El documento que acredite el fallecimiento.
      • El documento que acredite la condición de heredero:
        • Si se trata de un hijo o cónyuge: Libro de familia actualizado o, en su caso, certificado de nacimiento (en el caso del hijo).
        • Para el resto de herederos: será el testamento y el certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad o, en defecto de testamento, la declaración de herederos.
      • La declaración responsable firmada por el solicitante, en la que se indica que éste dispone de la documentación original preceptiva para acreditar el interés legítimo alegado y, en su caso, también del documento original que acredita la representación.
    • En caso de que el acceso se lleve a cabo por quien dice ostentar la condición de legatario:
      • La solicitud (formulario SATIC-T, para los supuestos de interés legítimo y directo), firmada por el solicitante.
      • El documento que acredite la representación, en caso de que el solicitante sea un representante.
      • El documento que acredite el fallecimiento.
      • El documento que acredite su condición de legatario (testamento y certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad).
      • La declaración responsable firmada por el solicitante, en la que se indica que éste dispone de la documentación original preceptiva para acreditar el interés legítimo alegado y, en su caso, también del documento original que acredita la representación.
      • La diligencia de constancia que, en su caso, se hubiera expedido, para reflejar las circunstancias o incidencias que hayan impedido la obtención del certificado o información o en la que se refleje el motivo por el que se haya registrado el acceso sin la firma del solicitante. 
Última modificación: 07/05/2022 23:23:00
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