Colegio Oficial de Ingeniería Geomática y Topográfica
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Dirección General del Catastro: "Los topógrafos ganarán importancia en la elaboración de las representaciones gráficas georreferenciadas"

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FUENTES DE LA DIRECCIÓN GENERAL DEL CATASTRO. ESTOS ARTÍCULOS SON MERAMENTE INFORMATIVOS POR LO QUE EL COIGT NO SE HACE RESPONSABLE DE LAS OPINIONES O CRÍTICAS QUE REALICEN LOS PROTAGONISTAS DE LOS MISMOS A ENTIDADES Y COLECTIVOS
El papel de los profesionales en Topografía ganará importancia en el aporte de una representación gráfica georreferenciada que resultará esencial para superar las limitaciones que la cartografía catastral pueda tener” ante los casos de reconfiguración de terrenos o litigios, y todo ello con el objeto de lograr una máxima coordinación entre los agentes implicados, según señalan fuentes de la Dirección General del Catastro al COIGT.
 
En la nueva Ley Hipotecaria, se prevé que por primera vez, “será obligatorio aportar para su inscripción en el Registro de la Propiedad una representación gráfica georreferenciada de las fincas registrales, cuando se produzca una reconfiguración de los terrenos. También permite incorporarla con carácter potestativo en el resto de los casos, lo que resultará totalmente conveniente para la delimitación inequívoca de la propiedad”, señalan estas mismas fuentes.
 
Y añaden al respecto que “lo normal es que esa representación se base en la cartografía catastral cuando se corresponda con la realidad física de las fincas, lo que tendrá que ser ratificado por los propietarios. En caso contrario, la Ley prevé que se aporte una representación gráfica georreferenciada distinta, y que reglamentariamente se desarrollen las características técnicas de dichos planos, para que permitan la actualización de la cartografía en el momento de la coordinación”.
 
Es en este último ámbito - según afirman estas fuentes de la Administración de Hacienda- en el que ganará importancia el papel de los profesionales en topografía, puesto que, aunque tiene un carácter subsidiario y complementario, resulta esencial para superar las limitaciones que la cartografía catastral pueda tener. Los técnicos en topografía deben desarrollar una labor de ayuda a los titulares de las fincas para realizar estas operaciones cuando resulten necesarias en el momento de su transmisión o cuando se realice las modificaciones que procedan sobre la propiedad, garantizando la precisión de las descripciones y planos topográficos de las fincas, utilizando la cartografía catastral como base de sus operaciones y para su actualización, mediando en los supuestos de deslinde e inmatriculación o cuando los títulos sean imprecisos describiendo las fincas”. En este sentido, se muestran convencidos de que de esta manera “se evitarán conflictos judiciales, ámbito casi exclusivo al que estaban llamados los técnicos en el anterior sistema”.
 
Asimismo informan al COIGT que esta administración prestará servicios web a los profesionales para la descarga de la Geometría georreferenciada de las parcelas catastrales y de validación de la información que ellos generen, como “elemento de contraste y comprobación de la calidad de sus trabajos. Eso hará más fácil la gestión de la información geográfica de la propiedad y con ello, todos saldrán ganando”.
 
Pero para que el concurso de los topógrafos “sea todo lo valioso que se espera en la aplicación de esta reforma, y puedan asumir el reto con responsabilidad”, indican estas fuentes, el colectivo ha de realizar una labor de “formación y adaptación para adquirir nuevos conocimientos y habilidades, además de las exclusivamente técnicas de las que ya están suficientemente dotados”.
 
Así enumeran una serie de habilidades y conocimientos que a continuación detallamos:
  • 1. Deberán utilizar los datos y servicios catastrales, como base de sus trabajos o para proponer su rectificación cuando no sean correctos, lo que requerirá su permanente conexión con los sistemas de información del Catastro en Internet.
  • 2. Deberán aplicar las nuevas normas técnicas que, en desarrollo de la Ley, han de dictarse conjuntamente por las Direcciones Generales del Catastro y de Registros y del Notariado.
  • 3. Han de trabajar con nuevos procedimientos, en los que intervienen múltiples agentes (propietario, colindantes, fedatarios públicos y administraciones), para suministrar con agilidad la delimitación geográfica y fiable de las fincas, pero sustituyendo la visión unilateral del trabajo por encargo de su “cliente”, por otra multilateral que obtenga la conformidad de cuantos están implicados, sin la cual el resultado no tendrá utilidad.
  • 4. Deberán dotarse de conocimientos jurídicos e hipotecarios, pues se trata de delimitar derechos de propiedad. La labor técnica del topógrafo, cuando los linderos son pacíficos y están consolidados, no es imprescindible, pero cuando son conflictivos o dudosos no es suficiente si la medición no va acompañada de una labor de mediación bien documentada.
  • 5. Será conveniente que se dé publicidad oficial a la lista de los colegiados cualificados para ejercer esta actividad y que cuenten con un seguro de responsabilidad civil para su ejercicio.
“Un nuevo reto para estos profesionales y para los colectivos que los representan que deberán gestionar el cambio con agilidad, responsabilidad y solvencia”, apostillan estas fuentes de la Dirección General del Catastro.
 
Así resaltan la “máxima” actividad que está desarrollando el Colegio de Ingenieros Técnicos en Topografía en la elaboración del próximo Reglamento que se deriva de la Reforma Hipotecaria y del Texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario: “El COIGT está colaborando en la redacción de las normas técnicas que se incluirán en el desarrollo reglamentario que ha de dictarse en breve, y también está teniendo un papel activo para lograr la máxima participación de sus colegiados en el nuevo sistema de coordinación que la Ley Hipotecaria prevé”.
 
Sobre las tendencias que la oposición criticó en el Congreso de los Diputados hacia los registradores, comentaron que en “esta reforma de Ley Hipotecaria no se reconoce la labor de ningún colectivo ni de los registradores, ni de los funcionarios del Catastro ni de otros profesionales técnicos, pero se reconoce la necesidad de mejorar el actual sistema de seguridad jurídica en el tráfico inmobiliario, en lo que se refiere al nivel de fiabilidad y de precisión de las descripciones físicas de las fincas”.
 
Y en este sentido, estas fuentes de la Dirección General del Catastro afirman que todo lo relativo a la medición exacta de las descripciones físicas de las parcelas “pone en valor el trabajo de los profesionales que se encargan de este cometido. A nadie se le escapa el papel fundamental que, en esta nueva función, pueden desempeñar los Ingenieros Técnicos en Topografía, como especialistas en la medición, delimitación y levantamiento topográfico y cartográfico de las fincas y las propiedades, pues va a ser necesario realizar estas tareas en lo sucesivo si se quieren inscribir en el Registro de la Propiedad determinas operaciones inmobiliarias”.
 

De izquierda a derecha: D. Ricardo Rodríguez, Secretario General COIGT, D. Fernando Aragón, Subdirector General de Catastro, D. Pablo Puyal, adjunto a la Dirección General, D. Andrés Díez, Decano COIGT, D. José Antonio López, Tesorero General y D. Jesús García, vocal de la Junta de Gobierno COIGT

 
 
 
 
Última modificación: 01/01/2017 20:22:00