Ante la reciente aprobación, el pasado mes de noviembre, del Real Decreto 967/2014, que además de regular el procedimiento de homologación y convalidación de estudios extranjeros, establece el procedimiento para determinar la correspondencia a los niveles del MECES (Marco Español de Cualificaciones para la Educación Superior) de títulos oficiales pre-Bolonia, el Instituto de Graduados e Ingenieros Técnicos de España (INGITE), cree conveniente aclarar diversos puntos:
1.- Los títulos no serán modificados; el poseedor de un título de Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico mantendrá el mismo sin que sufra cambio de denominación y sin que el mismo pase a ser título universitario oficial de grado.
2.- El Real Decreto no establece las correspondencias en sí, sino el procedimiento para realizarlas.
2.- Estas correspondencias se realizarán título a título y finalizarán mediante acuerdo del Consejo de Ministros.
4.- Se podrá obtener un certificado específico de correspondencia (no de homologación ni convalidación) del citado título a nivel MECES – previsiblemente, nivel 2, Grado – una vez se haya completado el procedimiento.
5.- En cuanto a los efectos profesionales, no se ven modificados por el momento, ya que a día de hoy no existe otra regulación sobre atribuciones profesionales que la Ley 12/1986, así como la Ley de Ordenación de la Edificación en lo que sea de aplicación.
6.- Lo dispuesto en el Real Decreto no será aplicable respecto a las titulaciones exigibles para el ingreso en las Administraciones Públicas.
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