El CATASTRO es un registro administrativo de carácter fiscal en el que se describen los bienes inmuebles urbanos, rústicos y de características especiales. Salvo prueba en contrario y sin perjuicio del Registro de la Propiedad, cuyos pronunciamientos jurídicos prevalecen, los datos contenidos en el Catastro Inmobiliario se presumen ciertos. La incorporación en el Catastro de los bienes y de las alteraciones de sus características es obligatoria.